El cambio hacia la reforma de la constitución

En su mensaje a la nación el 28 de julio el presidente Toledo, considerando su gobierno como uno de transición, ha planteado al país la necesidad de una reforma constitucional y que sea el Acuerdo Nacional el que lo decida, para cuyo efecto ha propuesto como alternativas reformas parciales como la del retorno a la bicameralidad y el establecimiento de la renovación por tercios de los miembros del Congreso o, para una reforma integral, que al Congreso elegido en el 2006 se le otorguen facultades constituyentes o que se convoque a una asamblea constituyente.

Se trata, entonces, de que el Acuerdo Nacional, a pedido del presidente, decida si se va a una reforma parcial o a una reforma integral de la actual carta política.

Como se sabe, la Constitución ha previsto el procedimiento para su reforma. Preceptúa que debe ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros y ratificada mediante referéndum o, en caso de omitirse el referéndum, que la aprobación del Congreso se dé en dos legislaturas ordinarias sucesivas con una votación favorable, en cada una, superior a los dos tercios del número legal de congresistas. Pero este procedimiento implica solo la de una reforma parcial, a la que el Congreso está legitimado constitucionalmente, mas no a una reforma integral, que abrogue la Constitución de 1993, pues para ello el Congreso debe tener facultades constituyentes.

Consideramos, entonces, que el planteamiento efectuado con el mensaje a la nación guarda conformidad no solo con los principios constitucionales, sino también con el criterio expuesto por el Tribunal Constitucional al resolver la acción de inconstitucionalidad promovida contra la ley que autorizaba al Congreso a realizar una reforma total, y que, aunque fue declarada infundada, ha dado lugar a que se deje sentada una doctrina constitucional en el sentido de que la sustitución de una Carta Política requiere una asamblea constituyente.

No queremos pronunciarnos sobre si el gobierno del presidente Toledo puede o no ser considerado de transición. Pero sí exponer con claridad que la experiencia que viene viviendo el país con las vicisitudes de los últimos años debe llevarnos a pensar en una reforma integral de la Constitución de 1993, en la que en base, precisamente, de las experiencias vividas se plasme también una reforma del Estado en la que en el Poder Ejecutivo se le dé al presidente del Consejo de Ministro atribuciones que lo conviertan en un jefe de Gobierno, delimitando debidamente las funciones que le competan con las del presidente de la República, que personifica a la nación y le corresponde la jefatura del Estado.

La misma experiencia debe hacer que el país vuelva a la bicameralidad y se restaure el Senado, como la cámara serena y reflexiva, pero que, al igual que la Cámara de Diputados, se renueve periódicamente, por tercios. De este modo, la preocupación ciudadana frente a las políticas que ejecute el Gobierno tendrán el respaldo de una elección que favorezca al partido o alianza que ha asumido la dirección del Estado o la exigencia de cambio que supone la elección que favorezca a los partidos de oposición.

La Constitución de 1993 tiene vicios de origen y el tufo de la corrupción. Es de esperar que la propuesta del mensaje presidencial sea acogida por el Acuerdo Nacional, pues el Perú merece una nueva carta política que sea fiel expresión del consenso nacional.

Fernando Vidal Ramírez Jurista

Fuente: El Comercio
Fecha: Martes 3 de agosto de 2004

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